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Nacionales Política
Decidiendo en el frío
Todo lo que tenés que saber para votar este domingo en las Elecciones Internas 2024.
Desde cómo saber si estás habilitado para sufragar a qué pasa si llegás al circuito y no tenés tu credencial cívica.
Viernes, 28 de Junio del 2024 - 14:10 hs.             159
Todo lo que tenés que saber para votar este domingo en las Elecciones Internas 2024.

De cara a un nuevo período de gobierno, este 30 de junio se llevarán a cabo las elecciones internas para definir quiénes serán los candidatos únicos de cada partido político que competirán el 27 de octubre por la Presidencia.

Este domingo habrá dos clases de hojas de votación: una incluirá al precandidato a la Presidencia, así como la lista de candidatos, titulares y suplentes que integrarán el Órgano Deliberativo Nacional; la otra contendrá la lista de candidatos, titulares y suplentes que serán parte el Órgano Deliberativo Departamental.

El horario de votación será desde las 8:00 a 19:30.

Dónde votar si estoy habilitado

Un dato relevante sobre esta instancia electoral es que no es obligatorio votar, por lo que las personas que no participen de las elecciones no recibirán una multa. De todos modos, quienes deseen sufragar —y estén habilitados— podrán consultar dónde a través de la página web de la Corte Electoral.

Para poder obtener la información, existen dos modalidades: la primera es a través de la serie y el número de la credencial; la segunda es con el nombre, el apellido y la fecha de nacimiento de la persona. Para acceder al buscador, se puede hacer clic acá.

Sobre comienzos de mayo, la Corte Electoral había publicado el buscador para habilitados. En tanto, el pasado 15 de abril venció el plazo para sacar la credencial; 248 mil personas sacaron el documento, en el período que comenzó el 27 de julio de 2020. El siguiente período abrirá en julio del año que viene.

De acuerdo con la corte electoral, estarán habilitadas para votar todas las personas cuyas inscripciones cívicas hayan sido aceptadas al 1° de abril de 2024 y sean mayores de edad a la fecha de este domingo.

Por esta razón, explicó el órgano de contralor, habrá personas que, si bien tramitaron su credencial, no figurarán habilitadas en esta oportunidad. 

Traslados

Las personas que realizaron los trámites para trasladar su credencial a otro departamento en fechas cercanas o pasado el 1º de abril, figurarán habilitados con la antigua credencial.

De este modo, las nuevas inscripciones y los traslados quedarán vigentes para las próximas elecciones nacionales.

En tanto, las personas que no concluyeron su trámite de traslado antes del 1° de abril de 2024 deberán votar en el circuito correspondiente a la credencial que tenía antes de solicitar el cambio.  

No se tomarán votos observados por encontrarse fuera del departamento.

Tipos de circuito

En el marco de las elecciones habrá tres tipos de circuito. En los urbanos los electores siempre deberán pertenecer a ese circuito. En tanto, en los rurales podrán votar los electores que no pertenezcan al circuito, siempre que su inscripción cívica corresponda a una circunscripción rural del departamento y presente su credencial cívica.

Asimismo, habrá circuitos accesibles a los que podrán acceder personas en situación de discapacidad motriz permanente o transitoria, a quienes les corresponde votar en un local o comisión receptora de votos que no cuente con condiciones de accesibilidad. De este modo, podrán votar ante un circuito declarado accesible que se encuentre dentro de la serie que les corresponde, siempre y cuando exhiban su credencial cívica, señala la corte electoral. En este caso, se tomará su voto en carácter de observado simple y el votante deberá firmar la hoja de identificación y observación a modo de declaración jurada.

La lista de cuáles son los circuitos accesibles pueden verse acá.

Qué pasa si no presento mi credencial

De acuerdo con la Corte Electoral, quienes no presenten su credencial deben dirigirse al circuito que les pertenece e indicar su nombre y apellido, así como la serie y número de su credencial si la recuerda. 

Las personas que voten en estas circunstancias necesariamente deberán figurar en el padrón o en el cuaderno de hojas electorales.

El voto de electores no videntes o físicamente imposibilitados 

Quienes poseen estas condiciones podrán dirigirse al cuarto secreto en compañía de una persona de su confianza o un miembro de la comisión receptora de votos, si así lo desea.


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