Miercoles, 14 de Febrero del 2024 - 13:54 hs. 337
El Estado uruguayo deberá indemnizar a una empresa panameña por el cierre de Pluna. El fallo es inapelable, pero se podría pedir la nulidad del juicio.
El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones del Banco Mundial falló contra el Estado uruguayo al entender que es culpable en el cierre de la empresa Pluna y lo condenó a pagar 30 millones de dólares más intereses.
La empresa panameña que tenía inversiones en Pluna, realizó el reclamo y obtuvo el fallo favorable. Según detalla el documento, la cifra se calcula con los intereses desde que ocurrió la caída de la aerolínea en el año 2012. Además, de una mora de medio millón de dólares por cada mes que no se pague la condena.
La empresa demandante insistió en que el gobierno de Mujica violó el convenio de protección recíproca de inversiones suscrito entre Uruguay y Panamá al expropiar la aerolínea sin pagar compensación económica alguna a los entonces dueños de Pluna s.a.
En su dictamen, el tribunal arbitral señaló que el gobierno de aquel momento vulneró los derechos de la compañía Larah.
También sostuvo que violó sus obligaciones internacionales mediante un “trato injusto”, “no equitativo” y “expropiatorio” con su conducta respecto de Pluna y su inversor, Larah.
La sentencia no es apelable en cuanto a pedir que se revisen los argumentos pero Uruguay podría pedir la nulidad del juicio si plantea alguna situación indebida del proceso.
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