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Nacionales Política
En libertad.
"No se ha encontrado mérito" para el juicio político a Cosse según la Comisión del Senado
La intendenta de Montevideo había sido acusada por los ediles de la coalición por no responder pedidos de informes y no comparecer ante la Junta Departamental.
Miercoles, 14 de Junio del 2023 - 19:00 hs.             282
"No se ha encontrado mérito" para el juicio político a Cosse según la Comisión del Senado

La Comisión de Constitución y Legislación del Senado resolvió este martes declarar que “no se ha encontrado mérito” para separar del cargo a la intendenta de Montevideo, Carolina Cosse, acusada por los ediles de la coalición en la Junta Departamental en un proceso de juicio político.

“Ante la resolución Nº 14.247 de la Junta Departamental de Montevideo, comunicada a través de la nota Nº 04278, de fecha 26 de octubre de 2022, la Cámara de Senadores resuelve declarar que no se ha encontrado mérito para proceder a la separación de su cargo a la señora Intendenta de Montevideo, ingeniera Carolina Cosse, de conformidad con lo previsto por los artículos 93, 102, 103 y 296 de la Constitución de la República”, indica el proyecto de resolución de artículo único aprobada este martes.

El 30 de marzo, Cosse le entregó a la vicepresidenta Beatriz Argimón un escrito de 21 páginas con sus descargos. La intendenta expresó entonces que el intento de juicio político no tenía sustento jurídico, porque habida dado respuesta a todos los pedidos de informes, y cuestionó el “mal uso” de la herramienta constitucional del juicio político.

“En el año 2021 fueron 234 los pedidos de informe solicitados y en el 2022 fueron 278. Hemos respondido el 100% de los pedidos de informes realizados por los ediles y edilas del Legislativo Departamental”, afirmó Cosse en el escrito.

El 7 de octubre de 2022, los ediles de la coalición aprobaron por 13 votos la moción que promovía un juicio político a Cosse, considerando que la intendenta violó el mandato constitucional de comparecer al llamado a sala para el cual fue convocada, conforme al artículo 285 de la Constitución.


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