Fiscalía informó este martes que el Tribunal de Apelaciones revocó la medida de prisión domiciliaria para Romina Celeste Pappaso. Tras esa decisión, deberá cumplir la medida cautelar en un centro de reclusión.
Se va a disponer la prisión preventiva, como estaba dispuesto, por 90 días, pero en un centro de reclusión. El tribunal encontró que hay riesgo de entorpecimiento de la investigación, peligro de fuga y peligro para la sociedad.
“Quedó justificado el riesgo para la sociedad. Se trata de una persona reincidente, lo cual constituye una pauta para determinar el riesgo Por otra parte, la conducta imputada a Papasso afectó a la persona denunciada —persona pública— en su aspecto personal y profesional, pero también a la sociedad, en tanto perjudicó la imagen del sistema de justicia referido (art. 227.2). Entiendo que concurren en el caso todos los riesgos procesales invocados por la Fiscalía y que la única medida que puede prevenirlos es la prisión preventiva”, concluye la sentencia.
Tras tomar conocimiento de la revocación de la medida judicial, Papasso debió recibir asistencia médica y fue ingresada a la mutualista Asociación Española.