29/11/2023  -  Nacionales
Ya arrancaron
Elecciones Universitarias 2023, todo lo que necesitas saber.
Los comicios son obligatorios y hay multas para estudiantes, docentes y egresados por no sufragar, pero hay formas de justificar el no voto.

La Universidad de la República (Udelar) celebrará una nueva jornada de elecciones universitarias este miércoles 29 de noviembre. La participación en estos comicios es obligatoria.

Están habilitados para votar 326.000 estudiantes, egresados y docentes de la Universidad.

Para sufragar es necesario presentar únicamente la cédula de identidad, de acuerdo con la información publicada en la web de la Udelar.

¿Dónde se vota?

Las elecciones son de manera presencial y se vota en todo el país.

Los estudiantes votan en sus lugares de estudio, mientras que cada docente debe votar en el lugar donde trabaja y cada egresado o egresada en el lugar donde reside, en locales dispuestos por la Corte Electoral.

En localidades donde no hay comisiones receptoras, se puede votar por correspondencia en los locales de la Administración Nacional de Correos, en calidad de observado por identidad, el martes 28 de noviembre, siempre y cuando el elector se encuentre en el padrón en una localidad de ese mismo departamento (los electores deben llevar las hojas de votación).

Se puede consultar el lugar donde votar aquí, en la página de la Corte Electoral.

¿Qué se elige?

Se elige a los integrantes de las Asambleas del Claustro de Facultad y de la Asamblea General del Claustro de la Udelar. Este último cuerpo es el que designa al rector de la Universidad.

A su vez, se eligen también los integrantes del orden estudiantil al Consejo de Facultad de cuatro centros: Facultad de Información y Comunicación (FIC), Facultad de Artes (Fartes), Facultad de Ciencias Sociales (FCS) y Facultad de Química (FQ).

¿Cuándo se vota?

Las Elecciones Universitarias se realizarán el miércoles 29 de noviembre de 2023, en el horario de 8:00 a 19:00 horas.

¿Quiénes votan?

Votan todos los estudiantes (incluidos los que ingresaron este 2023), docentes y egresados de carreras con no menos de dos años de las facultades que participan de esta elección.

Las facultades que participan son: Facultad de Agronomía (Fagro); Fartes; Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo (FADU); Facultad de Ciencias (Fcien); Facultad de Ciencias Económicas y de Administración; FCS; Facultad de Derecho; Facultad de Enfermería; Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; FIC; Facultad de Ingeniería (FING); Facultad de Medicina; Facultad de Odontología; Facultad de Psicología; FQ y Facultad de Veterinaria.

Si una persona pertenece a más de un orden (por ejemplo, docente y egresado), el orden de prelación es estudiante, docente y egresado. En tal sentido, en el ejemplo la persona debería votar como docente.

Se puede consultar el padrón (si está habilitado para votar y dónde) en la página de la Corte Electoral.

¿Hay sanciones por no votar?

Sí.

En caso de no votar y no justificarlo, los estudiantes serán sancionados con la imposibilidad de rendir exámenes durante dos períodos consecutivos; en tanto, docentes y egresados deberán pagar una multa de cinco unidades reajustables (UR), es decir unos $ 8.150.

Los mayores de 75 años están exceptuados de la obligatoriedad de emitir sufragio, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 15.739.

¿Se puede justificar el no voto?

Sí. Se debe presentar ante la Corte Electoral.

Solo se pueden justificar las siguientes situaciones:

• Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que impida, el día de la elección, concurrir a la Comisión Receptora de Votos. En este caso, se deberá acreditar mediante certificado médico.

• Hallarse fuera del país el día de las elecciones. Se deberá acreditar mediante cualquier medio de prueba documental (certificado de la Dirección Nacional de Migración en el que conste la fecha de salida y entrada al país; pasaporte o pasajes que acrediten dichos extremos; constancia de trabajo en el exterior, etcétera). En este caso se puede justificar el voto hasta 60 días después de volver al país.

• Haber estado imposibilitado “por razones de fuerza mayor”. Las autoridades consideran “causa de fuerza mayor” el encontrarse fuera del departamento en el que le corresponda votar al elector el día del acto electoral, lo que se acreditará mediante prueba documental o declaración jurada.

Otros puntos para saber

Si una persona pertenece a más de una facultad, debe votar en todos los centros en los que integra alguno de los órdenes.

Los estudiantes de carreras de administración compartida votan en la facultad en la que ingresaron a la carrera, a menos que hayan optado antes del cierre de los padrones a votar en la otra. Por ende: los estudiantes de la carrera Ingeniería de Alimentos votan en la FQ; los de Ingeniería Química votan en la FING o en la FQ (dependiendo de su ingreso), y los de Ciencias de la Atmósfera votan en la Fcien o en FING (dependiendo de su ingreso).

Se puede votar durante el horario laboral. El artículo 190 de la Ley de Elecciones (7.812) indica que los funcionarios públicos, propietarios, directores y administradores de establecimientos comerciales o industriales y todo patrono “deberán conceder a los inscriptos habilitados para votar, que estén bajo su dependencia, un término no menor de dos horas para que concurran a votar en sus respectivos circuitos, sin perjuicio de los haberes o jornales que les correspondan”.

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